Se hace público el siguiente Acuerdo de la Junta Electoral Federativa de la Federación de Tenis de Castilla y León.
ACUERDOS DE LA JUNTA ELECTORAL FEDERATIVA.
PRIMERO: Una vez finalizado el plazo legalmente previsto para recurrir las candidaturas provisionalmente admitidas y excluidas, procede la PROCLAMACIÓN DEFINITIVA DE CANDIDATURAS admitidas a representantes en la Asamblea General de la Federación de Tenis de Castilla y León, que se inserta a continuación del presente Acuerdo, ANEXO I.
SEGUNDO: De la mencionada Proclamación Definitiva de Candidaturas a miembros de la Asamblea General de la Federación de Tenis de Castilla y León, por circunscripciones y estamentos, resulta que el número de candidaturas presentadas es inferior al número de representantes, tanto por circunscripciones como por estamentos.
TERCERO: Ante esta situación procede aplicar el artículo 23 de la ORDEN CYT/289/2006, de 13 de febrero, por la que se regulan las elecciones de las federaciones deportivas de Castilla y León, que establece:
“Artículo 23.– Proclamación de candidatos.
4.– En las elecciones a representantes en la Asamblea General, el acto de proclamación de candidatos y de electos tendrá lugar simultáneamente cuando el número de candidaturas presentadas sea igual o inferior al número de representantes. A tal efecto, la Junta Electoral federativa procederá a la proclamación de candidatos electos de quienes hubieran presentado su candidatura sin ser necesaria la celebración de elecciones.
6.– Los acuerdos de las Juntas Electorales federativas, previstos en el apartado anterior, podrán ser recurridos, dentro de los quince días hábiles posteriores a su notificación, ante el Tribunal del Deporte de Castilla y León”.
Por tanto, y de conformidad con el precepto antes señalado procede PROCLAMAR CANDIDATOS ELECTOS a quienes han presentado su candidatura a representantes. ANEXO I.
CUARTO: En aplicación de lo previsto en el artículo 26 del Reglamento Electoral, procede, así mismo, REORDENAR EL CALENDARIO ELECTORAL, quedando, dicho calendario, conforme al ANEXO II.
QUINTO: La ASAMBLEA GENERAL de la Federación de Tenis de Castilla y León, para la elección del Presidente de la Federación, tendrá lugar en la fecha que marque la Junta Directiva saliente, dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente Acuerdo, de forma PRESENCIAL, o mediante VIDEO CONFERENCIA, cuyo soporte electrónico garantice el VOTO SECRETO Y SEGURO.
Los presentes Acuerdos, podrán ser recurridos, ante el Tribunal del Deporte de Castilla y León, en el plazo de quince días.