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La Junta de Castilla y León convoca los Premios a la Excelencia Deportiva 2022

El Boletín Oficial de Castilla y León convoca los «Premios a la excelencia deportiva para deportistas y entrenadores de la Comunidad de Castilla y León»,  con el fin de elevar con carácter general su nivel técnico, contribuir a la progresión del rendimiento deportivo, así como a la consolidación del deporte de alto nivel y de competición nacional e internacional.

Las categorías de los premios son:

  • Premios a deportistas de categoría Sénior y a entrenadores de deportistas de categoría Sénior.
  • Premios a deportistas de categoría Inferior a Sénior y a entrenadores de deportistas de categoría Inferior a Sénior.

Dentro de cada categoría existirán las siguientes modalidades:

  • Premios a deportistas y a entrenadores de deportistas en pruebas olímpicas y paralímpicas.
  • Premios a deportistas y a entrenadores de deportistas en pruebas no olímpicas y no paralímpicas.

Presentación y proposición de candidaturas.

Las candidaturas se presentarán por las Federaciones Deportivas de Castilla y León, por los miembros del Jurado y, en los casos establecidos por las Federaciones Deportivas Españolas.

Aquellos/as deportistas o entrenadores/as que deseen proponer candidaturas deberán rellenar y enviar dentro de los plazos establecidos, la documentación que se expresa a continuación:

  • Formularios de datos personales y deportivos del deportista propuesto para el premio, conforme al formulario normalizado.
  • Formularios de datos personales y deportivos del entrenador propuesto para el premio, conforme al formulario normalizado.
  • Certificado de empadronamiento del deportista o entrenador, acreditativo de estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Castilla y León en el momento en que el obtuvo los resultados por los que se le propone y al menos con seis meses de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Plazos

El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el día 28 de septiembre de 2022.

Por lo tanto, todas aquellos que deseen proponer candidaturas deberán enviar su propuesta a la Federación de Tenis de Castilla y León, antes del día 19 de septiembre de 2022 a las 22:00h, para que esta federación puede realizar las candidaturas correspondiente, en tiempo y forma.

Las propuestas se realizarán rellenando los correspondientes formularios, que pueden encontrar en la convocatoria oficial (enlace al pie de esta noticia), y enviándolos a comunicacion@ftcl.es. Sólo se admitirán las propuestas realizadas a través de los formularios oficiales y dentro de los plazos establecidos.

A continuación un extracto de la convocatoria (disponible para su consulta al pie de esta noticia), sobre los requisitos para ser candidato válido.


Requisitos de los candidatos.

  • Requisitos de los deportistas:
    Podrán optar a los premios, los deportistas que reúnan los siguientes requisitos:
    • Tener como mínimo 16 años a 31 de diciembre del año en que obtuvo los resultados por los que se le propone.
    • Estar empadronados en un municipio de la Comunidad de Castilla y León en el momento en que obtuvo los resultados por los que se le propone y, al menos, con seis meses de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
    • Tener licencia de la Federación Deportiva de Castilla y León que le proponga a los premios en el momento en que obtuvo los resultados por los que se le propone y, al menos, con seis meses de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
      En aquellos casos, en los que no exista Federación Deportiva de Castilla y León o, existiendo, se haya exigido al deportista licencia de la Federación Deportiva Española para conseguir resultados en competiciones europeas o mundiales tendrá que tener licencia de la correspondiente Federación Deportiva Española.
    • No estar sancionado por resolución firme por infracción a la Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva o a la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León, en el periodo de tiempo establecido en el apartado noveno punto 1 de esta orden.
    • Ser propuesto por la Federación Deportiva de Castilla y León, por alguno de los miembros del Jurado o por la Federación Deportiva Española en aquellos casos en los que no exista Federación Deportiva de Castilla y León o, existiendo, se haya exigido al deportista licencia de la Federación Deportiva Española para conseguir resultados en competiciones europeas o mundiales.
  • Requisitos de los entrenadores:
    Podrán optar a los premios, los entrenadores que reúnan los siguientes requisitos:
    • Tener como mínimo 18 años a 31 de diciembre del año en que se hayan obtenido
      los resultados por los que se le propone.
    • Estar empadronados en un municipio de la Comunidad de Castilla y León en el momento en que los deportistas, equipos de clubes, selecciones de Castilla y León o selecciones españolas a los que entrena obtuvieran los resultados por los que se le propone y, al menos, con seis meses de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
    • Tener licencia de la Federación Deportiva de Castilla y León que le proponga a los premios en el momento en el que el deportista al que entrene haya cumplido los requisitos que le permitan optar a estos premios y, al menos, con seis meses de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
      Tener licencia de la Federación Deportiva de Castilla y León que le proponga a los premios en el momento en que el equipo de club, selección de Castilla y León o selección española a la que entrena obtenga los resultados por los que se le propone y, al menos, con seis meses de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
      En aquellos casos, en los que no exista Federación Deportiva de Castilla y León o, existiendo, se haya exigido al entrenador licencia de la Federación Deportiva Española para conseguir resultados en competiciones europeas o mundiales, tendrá que tener licencia de la correspondiente Federación Deportiva Española.
    • Ser el primer entrenador del deportista o del equipo de club en el momento en que obtengan el resultado por el que opta a estos premios y haberlo sido durante los seis meses anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria. En el caso de tratarse de selecciones de Castilla y León o selecciones españolas, ser el primer entrenador en el momento en que obtengan el resultado por el que opta a estos premios.
      En el caso de resultados internacionales en competiciones o pruebas de Tipo 1, el entrenador que podrá optar a los premios será tanto el primer entrenador del deportista como el seleccionador nacional.
    • No estar sancionado por resolución firme por infracción a la Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva o a la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico- Deportiva de Castilla y León, en el periodo de tiempo establecido en el apartado noveno punto 1 de esta orden.
    • Ser propuesto por la Federación Deportiva de Castilla y León, por alguno de los miembros del Jurado o por la Federación Deportiva Española en aquellos casos en los que no exista Federación Deportiva de Castilla y León o, existiendo, se haya exigido al entrenador licencia de la Federación Deportiva española para conseguir resultados en competiciones europeas o mundiales.
    • Ser propuesto por los resultados de los deportistas, equipos de clubes o selecciones de las Federaciones Deportivas de Castilla y León o de las Federaciones Deportivas Españolas obtenidos en el periodo de tiempo establecido en el apartado noveno punto 1 de esta orden.

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